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El Gobierno nacional dispuso reducir las tasas de interés resarcitorias, punitorias y de devolución que deben pagar los contribuyentes, mediante la Resolución 823/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Los nuevos valores formalizados entran en vigencia desde este 25 de junio, pero tendrán efecto a partir del 1 de julio. Los actuales porcentajes no se aplican de forma retroactiva, por lo que para el pago de obligaciones con vencimiento previo a esta modificación rige las tasas fijadas para el periodo correspondiente.

De esta manera, la tasa de interés resarcitoria en pesos, que se aplica cuando un contribuyente paga fuera de término, se reduce del 4% al 2,75% mensual. Mientras que la tasa punitoria, que se aplica a las deudas en instancia judicial o con intimación previa, baja del 5% al 3,5% mensual.

En tanto que la tasa de devolución en pesos, que corresponde cuando el Estado debe devolver fondos a los contribuyentes (por ejemplo, en saldos a favor), disminuye de 0,75% a 0,5% mensual.