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El Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°1 de Mar del Plata hizo lugar de manera parcial a la demanda presentada por la familia de Elio Edgardo Constantino Cajal, un interno asesinado en enero de 2016 dentro de la Unidad Penal N°44 de Batán. La sentencia responsabiliza al Estado provincial por deficiencias en la seguridad del penal y establece una indemnización que supera los 14 millones de pesos para la viuda y los dos hijos de la víctima.

La resolución fue apelada por la Fiscalía de Estado bonaerense y aún no está firme.

La viuda, Natalia Rivera, había sostenido que, además de la responsabilidad penal del autor material del crimen, existía una clara falla en el deber estatal de proteger la vida e integridad de los detenidos.

El juez Simón Isacch argumentó que la violencia carcelaria no puede considerarse un hecho sorpresivo y que el Estado debe garantizar las condiciones mínimas de seguridad para los internos.

El fallo reconoce daños patrimoniales, daño moral y daño psíquico. La compensación fijada es de 7 millones de pesos para la viuda y 3,5 millones para cada uno de los hijos, más intereses desde la fecha del crimen.

El 16 de enero de 2016, Cajal fue atacado por otro interno, Víctor Fernández Ale, en el contexto de una fuerte rivalidad dentro del pabellón. La investigación determinó que hubo una pelea previa, insultos graves en el ambiente carcelario y finalmente una agresión con arma blanca que terminó con la vida de la víctima.

El juez destacó que el agresor tenía una posición de liderazgo entre los internos y que el Servicio Penitenciario Bonaerense no adoptó las medidas necesarias para evitar el desenlace fatal, a pesar de los antecedentes de conflicto entre ambos reclusos.

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